CRE PUBLICÓ EL PROGRAMA DE REGULARIZACION DE OBLIGACIONES PARA ESTACIONES DE SERVICIO EN TRÁMITE DE CESIÓN DE SUS PERMISOS
La CRE publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación el programa para la REGULARIZACIÓN DE OBLIGACIONES INCUMPLIDAS POR PARTE DE ESTACIONES DE SERVICIO QUE SE ENCUENTREN EN TRÁMITE DE CESIÓN DE SU PERMISO O QUE DESEEN REALIZAR DICHO TRÁMITE. Este proyecto fue aprobado a finales del año pasado por esa dependencia y se tramitó con relativa celeridad pues entre la fecha en que se conoció públicamente y la fecha en que se aprobó por el Órgano de Gobierno de la CRE solo pasaron 6 días. Enseguida se reiteran las bases de este programa, las cuales comentamos en el boletín del 14 de diciembre del 2023:
- Origen. La CRE ha detectado que diversas estaciones de servicio que han solicitado la cesión de su permiso presentan incumplimientos que impiden que se apruebe el trámite de la cesión, ya que la Ley de Hidrocarburos indica que es requisito para aprobar dicho trámite que el permisionario haya cumplido con todas sus obligaciones.
- Campo de aplicación. Está dirigido únicamente a estaciones de servicio al público de gasolinas, diésel, gas LP y gas natural que NO hayan cumplido sus obligaciones, que estén en trámite de cesión de su permiso o que deseen solicitar dicha cesión durante la vigencia del programa.
- Obligaciones incumplidas que se pueden regularizar:
- Pólizas de seguro que no hayan sido contratadas
- No presentar los dictámenes de normas oficiales mexicanas aplicables a los permisos de expendio al público
- Procedimiento para la regularización:
- El permisionario deberá presentar escrito en el que se desista del trámite de cesión en curso, en caso de contar con él, y manifestar que se adhiere voluntariamente al programa
- La Unidad de Asuntos Jurídicos (UAJ) de la CRE analizará la solicitud y emitirá dictamen de procedencia de la solicitud.
- La Unidad de Hidrocarburos (UH) de la CRE notificará al permisionario la procedencia de la solicitud de adhesión e indicará las obligaciones incumplidas que se solventarán en el programa.
- Posteriormente, la UH, con apoyo de la UAJ, notificará al permisionario la MULTA que corresponda a los incumplimientos, a fin de que se consideren solventados. La MULTA consiste en un monto de quince mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) aplicable al momento de notificar la procedencia de regularización. Aunque no se precisa en el proyecto sí se aplicará el valor Diario, Mensual o Anual de la UMA vigente, sí suponemos que se aplica el valor diario de la UMA diaria vigente en el 2023 ($103.74), el monto de la multa sería de $1,556,100. No obstante, tampoco se precisa en el proyecto sí ese monto se aplicaría a cada póliza o cada dictamen faltante, o si se aplicaría este monto a todas las obligaciones incumplidas, en conjunto. Cabe recordar que hace algunos días el INEGI actualizó el monto de la UMA para el 2024 a $108.57, pero dicho monto estará vigente a partir del 1 de febrero del 2024, por lo que si los permisionarios se inscriben al programa y les es notificada la procedencia de la regularización antes de esa fecha, entonces aplicaría la UMA vigente en el 2023.
- El permisionario contará con un plazo de 20 días hábiles para pagar la multa.
- Las Unidades de Administración y de Hidrocarburos de la CRE contarán con un plazo de 15 días hábiles para notificar al permisionario si cumplió o no con la sanción.
- Una vez acreditada la multa, el permisionario podrá presentar nuevamente la solicitud de cesión ante la CRE, a consideración del Órgano de Gobierno de la CRE. Es decir, en nuestra opinión NO se garantiza que después de haber pagado la multa la CRE aprobará la cesión.
- El beneficio de la regularización sólo podrá solicitarse una vez por cada permiso de expendio
- En caso de que la CRE haya aprobado la cesión del permiso derivado de la aplicación de este programa, el permiso solo podrá ser cedido nuevamente pasados 5 años después de que acreditó el cumplimiento de la multa.
- El programa estará vigente a partir del próximo lunes y hasta el 31 de marzo del 2024.
- La participación en el programa no implica un compromiso de la CRE de acelerar las cesiones, pues se aclara que el trámite de cesión se llevará a cabo en los plazos establecidos en la normatividad aplicable.
- No se prevé alguna plataforma tecnológica o sistema electrónico especial para este programa, por lo que se entendería que todo el proceso se puede llevar vía la OPE de cada permisionario.
Es preciso resaltar que este programa está enfocado y acotado a la estaciones de servicio al público que estén en trámite de cesión o que deseen solicitar dicho trámite dentro de la vigencia del programa y solo aplica para regularizar las dos obligaciones que se indican explícitamente (pólizas de seguro y dictámenes de NOM's), por lo que NO es aplicable a otros permisionarios, a otras obligaciones o a otro tipo de trámites.
Se adjunta explicación más destallada: Infografía CRE Acuerdo 080 2023 REG CESION. Por parte de GMB.